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Remate

Edicto

Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 18º Turno, dictada en autos: "COLBREY SA c/ SARKAY SA y otrosVÍA DE APREMIO" IUE 2-67734/2019, se hace saber que el próximo 27 de Noviembre a las 14 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula Nº 1716, RUT 211808550010 asistido de la Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar con construcciones ubicado en la manzana catastral Nº 28 de la localidad catastral Faro de José Ignacio (antes 7sección judicial) del Departamento de Maldonado, zona urbana, empadronado con el Nº DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO (234), el cual se señala como el solar Nº 4 de la manzana Nº 28, en el plano de fraccionamiento del Agrim. José Pedro Plada de octubre de 1950, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el Nº 229 el 24/2/1953 y según el cual consta de una superficie de 810 mts. y se deslinda: al Norte 18 mts. de frente a calle de 12 mts. de ancho – hoy calle Biguá – al Este 45 mts. lindando con solar 5, al Sur 18 mts. lindando con solar 9 y al Oeste, 45 mts. lindando con solar 3, siendo todos los solares indicados de la misma manzana y plano.- SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña en dólares estadounidenses el 30% de su oferta y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador e I.V.A o sea el 3,66 %. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare los montos establecidos en las leyes 19.210 en la redacción dada por la ley 19.889, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes referidas y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta.- 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, el 1,22% así como el Impuesto Departamental del 1%.- 3) Que se desconoce el estado ocupacional del inmueble, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que pudieran existir en los mismos asi como la existencia de deudas de construcción ante el BPS e Intendencia de Maldonado.- 4) Que según resulta agregado al expediente existen adeudos pendientes con la Intendencia de Maldonado así como respecto del Impuesto de Enseñanza Primaria.- 5) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada exclusivamente por tales conceptos hasta la fecha de la traslación de dominio, no quedando comprendido los honorarios de los abogados de las administraciones involucradas cuando existiera juicio tendiente a recuperar los tributos adeudados.- 6°) Para el caso de que el mejor postor sea diferente al actor de autos, será de cargo del expediente la evolución de lo que se abone por conceptos de impuestos necesarios para la inscripción de la escritura traslativa del dominio ITP (2% del vendedor) e IRPF si correspondiere.- 7) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados.- 8) Que se deberá tener presente lo dispuesto por la Ley 19.210 de Inclusión Financiera, en la redacción dada por la ley 19.889 así como lo que pueda corresponder en cuanto a las previsiones de la ley 19.574, en la redacción dada por la ley 19.889.- 9) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo.- 10) No se cumple con el articulo 178 de la ley 17296 (Declaración Jurada de Caracterización Urbana).- 11) Que el bien se vende en las condiciones que surgen de los títulos, del expediente y de los certificados registrales, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 2º.- 12) Las últimas ampliaciones registrales con las que se cuenta en la Sede son del día 13 de octubre del año 2023.- Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.- Montevideo, 18 de octubre de 2023. SOLANGE BENTANCOR BUFFA, Actuario Adjunto.

Características de la propiedad

  • HabitacionesMonoambiente
  • Superficie ConstruidaSuperficie Construida: 336,00 m²
  • Superficie TerrenoSuperficie Terreno: 810m²
  • PiscinaPiscina
  • Fecha: 2023-11-27
  • Fecha, Hora y Lugar de Remate: LUNES 27 DE NOVIEMBRE - 14:00 Hs. en RINCON 408, Montevideo
  • Remate: Si
  • Metros frente: 18m
  • Piscina: Si
  • Superficie terreno: 810 m2
  • Superficie construida: 336 m2

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La Empresa

Dante Juan Iocco Carratú inició su vinculación al sector inmobiliario en el año 1937 cuando es nombrado Inspector de Propiedades del Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación.