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Edicto

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 15º Turno, dictada en autos: "REPUBLICA AFISA C/ EL HORIZONTE SRL Y O. EJECUCIÓN HIPOTECARIA. EJEC. HIPOTECARIA" IUE 31-297/2002, se hace saber que el próximo 9 de octubre a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula Nº 1716, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor de los siguientes bienes inmuebles: 1) solar con construcciones ubicada en la 8ª sección judicial de San José, localidad catastral Santa Mónica, zona urbana, empadronado con el Nº 94, e individualizado como solar 1 de la manzana 45 del padrón en m/á Nº 11, en el plano del Agrim. Dardo R. Barceló Santurio del 21/11/1960, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de San José el 13/1/1961 con el Nº 2.175 y según el cual consta de una superficie de 704 m 63 dm y se deslinda: 20,43 m al N de frente a la calle Congreso; 36,94 m al E lindando con solar 2; 37,04 m al O lindando con parte del padrón 10.640 y 17,72 m al S lindando con el solar 12. Todos los solares del mismo plano II) solar con construcciones ubicada en la 8ª (antes 6ª) sección judicial de San José, localidad catastral San Fernando, zona suburbana, empadronado con el Nº 316, e individualizado como solar 15 de la manzana 75 del padrón en m/á Nº 1, en el plano del Agrim. Dardo R. Barceló Santurio y Marcos Barboza de 5/8/1954, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de San José el 4/2/1955 con el Nº 638. y según el cual consta de una superficie de 836 m 19 dm y se deslinda: 15,01 m al O a la Avda. de 40 m; 55.62 m al N con solares 16 y 18;;15 m al E con solar 3 y 55,91 m al S con solar 14, todos del mismo plano. .SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña y en dólares estadounidenses el 30% de su oferta al bajarse el martillo. 2º) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4º) Que se desconoce el actual estado de ocupación de las propiedades a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ellas. 5º) Solo se podrá descontar del precio de remate las deudas que existieran por concepto de Contribución inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria, imputándose al mismo Hasta la fecha del remate. 6ª) Se podrá imputar al precio del remate el 2% del ITP e IRPF por la parte vendedora hasta la suma concurrente 7º) Que en el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al art. 71 del C.G.P. (Domicilio real y procesal electrónico judicial). 8º) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos en la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios y la ley 19889, autorizando al sr Alguacil en casos excepcionalisimos en que la institucion de intermediación financiera que utiliza el mejor postor no pudiera emitir el pago, a prorrogar la diligencia para el día hábil inmediato siguiente. 9º) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por ferias judiciales ni semana de turismo; la cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios.10º) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral agregada por el ejecutante de autos, que se tuvieron a la vista certificados números 3036037, 303079 y 303070 ampliados al día 18 de agosto del 2024 y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309, 1er piso de la ciudad de Montevideo, debiéndose tener presente el articulo 390 del CGP inciso final. Montevideo, 19 de septiembre de 2024, PATRICIA MARTA LECUNA MARTINEZ, Actuario Adjunto.

Características de la propiedad

  • HabitacionesMonoambiente
  • Fecha: 2024-10-09
  • Fecha, Hora y Lugar de Remate: MIERCOLES 9 DE OCTUBRE 14:30 Hs. en RINCON Nº 408 - Montevideo
  • Remate: Si

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La Empresa

Dante Juan Iocco Carratú inició su vinculación al sector inmobiliario en el año 1937 cuando es nombrado Inspector de Propiedades del Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación.