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Edicto

EDICTO: Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 6º Turno, dictada en autos: "FIERRO VIGNOLI S.A. c/ BRAULIO S.R.L. - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-55179/2023, se hace saber que el próximo 21 de Noviembre a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero DANTE IOCCO, Matrícula Nº 6970, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: solar de terreno sin construcciones y mejoras que le acceden, sito en la 10ª sección judicial de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, empadronado con el Nº 157.885 señalado con el Nº 1 de la manzana “E” en el plano del Agrim. Ángel Fillipini de febrero de 1935, inscripto en la Dirección General de Avalúos el 2 de agosto del mismo año con el Nº 542, según el cual tiene una superficie de 714 mts.97 dmts., que se deslinda asÍ: 18 mts. 57 cmts. de frente al NO a la calle Verona; 24 mts. 96 cmts. al NE también de frente a calle Salerno, por ser esquina, unidos ambos frentes por ochava de 10 mts. de desarrollo que da frente al N; 22 mts. 10 cmts. al SE limitando con solar 2 y 29 mts. 33 cmts. al SO con solar Nº 50, todos del mismo plano. .SE PREVIENE: 1º) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña y en dólares estadounidenses el 30% de su oferta al bajarse el martillo. 2º) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3º) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate, asi como el Impuesto Municipal 1% mas IVA. 4º) Que se desconoce el estado ocupación de la propiedad a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ellas. 5º) Que existe deuda de Contribución Inmobiliaria y de Impuesto de Enseñanza Primaria, que pueden imputarse del precio, hasta la fecha de la subasta 6) el 2% de ITP y el IRPF por la parte vendedora, en caso de corresponder, deberá abonarlos el mejor postor y le serán reintegrados luego de la escrituración.7º) Que existe deuda por tasa municipal. 8º) Que en el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme al art. 71 del C.G.P. (Domicilio real y procesal electrónico judicial). 9º) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos en la Ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios. 10º) El plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por ferias judiciales ni semana de turismo; la cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la ley 19.210, modificativas y decretos reglamentarios.11º) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, quedando a cargo del adquirente toda averiguación complementaria, debiéndose tener presente el art.390 del C.G.P; la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309, 1er piso de la ciudad de Montevideo. Montevideo, 15 de octubre de 2024, PATRICIA MARTA LECUNA MARTINEZ, Actuaria Adjunta.

Características de la propiedad

  • SuperficieSuperficie: 714,00 m²
  • Fecha: 2024-11-21
  • Fecha, Hora y Lugar de Remate: JUEVES 21 DE NOVIEMBRE - 14:30 Hs. en RINCON 408, Montevideo
  • Remate: Si

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La Empresa

Dante Juan Iocco Carratú inició su vinculación al sector inmobiliario en el año 1937 cuando es nombrado Inspector de Propiedades del Servicio de Garantía de Alquileres de la Contaduría General de la Nación.